Pau Arco Frías, abogado. Asesoramiento directo a empresas y emprendedores: societario, pactos de socios, contratos, M&A y reestructuraciones.
Acompañamiento en los momentos en que una empresa requiere estructura jurídica.
Dar forma jurídica a la empresa y mantener su estructura societaria al día.
Ordenar la relación entre socios y las operaciones que cambian el perímetro de la sociedad.
Los contratos con los que opera la empresa, con atención específica al derecho de la franquicia.
Comprar o vender una empresa con el riesgo identificado y repartido por contrato.
Actuar antes de que la insolvencia sea irreversible, y durante el procedimiento si ya lo es.
Operaciones en las que hay más de una jurisdicción implicada.
Cómo entiendo la abogacía
Una abogacía basada en la confianza, la discreción y la continuidad. Relación directa, personal y sostenida en el tiempo. Cada encargo empieza con una propuesta escrita.
Sobre mí
Quién lleva el asunto, con qué colegiación y con qué formación.
Soy Pau Arco Frías, abogado mercantil colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB nº 48797). Mi práctica se centra en derecho de la empresa: constitución de sociedades, pactos de socios, contratos mercantiles, M&A y reestructuraciones societarias.
Me licencié en Derecho en la Universitat Pompeu Fabra y realicé un programa de intercambio en la Cornell Law School (Nueva York). Intervengo habitualmente en asuntos con componente internacional.
Apuntes breves sobre cuestiones societarias que se repiten en la práctica.
Qué es un SAFE, en qué se diferencia de una nota convertible, qué significan el techo de valoración y el descuento, y por qué en una sociedad limitada española la conversión no es automática: hay que instrumentarla como préstamo convertible y capitalizarla por compensación de créditos.
Una guía para quien tiene un problema con otro socio y no sabe qué opciones tiene: bloqueo al 50 %, un socio que no trabaja, dividendos, conflicto con el administrador, uso indebido de recursos, salida de un socio, valoración, separación, exclusión y errores que conviene evitar.
Qué es una unidad productiva, qué deudas asume y cuáles no quien compra el negocio de una empresa en concurso, qué pasa con los trabajadores, los contratos y las licencias, cómo funciona el proceso ante el juez y qué revisar antes de presentar una oferta.
Las situaciones por las que un empresario llama a un abogado mercantil, y cómo se trabajan.
Casi siempre con una de cinco situaciones: un problema con un socio, una empresa que se compra o se vende, un inversor que quiere entrar, un contrato que hay que negociar o revisar, y una decisión societaria que tiene consecuencias (constituir, ampliar capital, reorganizar o cerrar). A eso se añade el derecho concursal cuando la empresa atraviesa dificultades, y los asuntos con componente internacional.
Sí, y conviene tratarlo antes de que se convierta en un bloqueo. Los conflictos entre socios se resuelven con las herramientas del derecho societario: lo que digan los estatutos y el pacto de socios, el derecho de adquisición preferente cuando alguien quiere vender, la valoración de las participaciones y, si no hay acuerdo, la vía judicial. Cuanto antes se mire, más salidas quedan abiertas.
Antes de firmar nada, incluido el acuerdo de confidencialidad y la carta de intenciones, porque esos dos documentos ya condicionan la operación. La venta no es solo el contrato de compraventa: es preparar la sociedad para que resista el examen del comprador, estructurar la operación, negociar garantías e indemnizaciones, y cerrar bien lo que viene después de la firma.
La valoración es lo que más se discute y casi nunca lo que más importa. Lo que decide cómo vivirá usted con ese inversor son las condiciones que lo acompañan: qué decisiones necesitarán su voto, cómo se protege frente a la dilución, qué ocurre si alguien quiere vender, qué compromisos asume usted como fundador y cómo se sale. Todo eso se negocia antes de la entrada del dinero, no después.
El coste de revisarlo antes es siempre una fracción del coste de discutirlo después. En un contrato mercantil lo que suele hacer daño no es lo que se negoció, sino lo que nadie miró: duración y terminación, exclusividad, responsabilidad y sus límites, cambio de control, no competencia posterior, y qué ley y qué tribunal deciden si hay discusión.
Sí. La inversión extranjera en España y las operaciones transfronterizas son una parte estable de la práctica, con coordinación con despachos de otras jurisdicciones cuando el asunto lo requiere. Para constituir una sociedad no hace falta viajar: puede firmarse mediante poder otorgado en el país de origen, apostillado y traducido. Con la documentación en regla, el proceso completo suele llevar entre dos y cuatro semanas.
Con una primera conversación sin coste ni compromiso para entender el asunto. Después recibe una propuesta escrita que fija el alcance, los plazos y los honorarios antes de empezar a trabajar. No hay tarifas publicadas, porque dependen del tipo de operación y de su complejidad. Las solicitudes enviadas por el formulario se responden en 24 horas laborables.
Con un interlocutor único, de principio a fin. El asunto no se reparte entre personas distintas según la fase, que es donde se pierde la información entre una y otra. El servicio se presta en catalán, español e inglés.
Para solicitar una consulta puede utilizar el formulario o los datos de contacto. Las solicitudes se atienden personalmente.